INCAPACIDAD tras sufrir un daño cerebral: Prestaciones económicas

Después de sufrir un daño cerebral (como un Ictus o un traumatismo craneal por un accidente de tráfico…) aparecen ciertas secuelas que pueden impedir el desarrollo normal de su actividad laboral previa, por lo que hay ciertas gestiones sociales que se deben realizar.
Pensión por incapacidad permanente: Es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos de un trabajador cuando, a causa de una enfermedad o accidente, se ve reducida o anulada su capacidad laboral. Hay cuatro grados de incapacidad permanente:
-Parcial: No llega a total y no impide realizar tareas fundamentales del trabajo, pero ocasiona a la persona una disminución de al menos el 33% en su rendimiento laboral.
-Total: Inhabilita a la persona para realizar las tareas fundamentales de su trabajo, pero podría dedicarse a otra profesión.
-Absoluta: Inhabilita para ejercer cualquier trabajo.
-Gran invalidez: El grado máximo, entiende que la persona, además de no poder volver a trabajar, necesitará asistencia para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Grado de dependencia: Se establece según el grado de dificultad para realizar las actividades de la vida diaria y el apoyo y/o supervisión necesarios para llevarlas a cabo. Solicitar esta valoración supondrá el acceso a ayudas y/o recursos, (Centros de Día, Centros Residenciales, Ayudas económicas por cuidados en el entorno familiar, ayudas para rehabilitación, Servicio de Ayuda a domicilio…). La solicitud de esta valoración hay que presentarla en los servicios sociales locales, pertenecientes a los ayuntamientos.
El grado de discapacidad mide la limitación funcional, que puede ser física, psíquica, sensorial y/o intelectual. Son las Comunidades Autónomas las encargadas de realizar esta baremación, que se gradúa en porcentaje. En cada provincia hay Centros de Valoración llamados Centros Base. Este grado se debe solicitar en el momento en que los doctores nos digan que los daños sufridos podrían considerarse definitivos. Según el grado con el que sea valorado se podrá acceder a ayudas económicas, como por ejemplo: tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, deducciones en la declaración de la renta, reconocimiento de familia numerosa, descuentos en centros deportivos y de ocio, Pensión No Contributiva,…
Incapacitación Legal: se solicita cuando la persona que sufre daño cerebral ha perdido su capacidad de obrar y se encuentra incapacitada para tomar sus propias decisiones. Se tramita a través de las Fiscalías de Incapacidades. Este es un proceso reversible si la persona vuelve a recobrar su capacidad de obrar.
Yolanda Buriel Jiménez. Neuropsicóloga Centro CRECEN